SEGUROS MARISA FERNANDEZ

Lic . Marisa Fernandez – Seguros

PRODUCTORA ASESORA DE SEGUROS

Empresas

SEGUROS COLECTIVOS: PROTECCION PARA  EL PERSONAL DE TU EMPRESA

Amparamos los accidentes laborales, contamos con áreas especializadas que brindan un adecuado asesoramiento y una eficaz gestión de los riesgos y accidentes de trabajo. 

1- SEGURO DE VIDA OBLIGATORIO: Un seguro para que el empleador proteja a sus empleados en relación de dependencia. La cobertura básica por muerte es por un monto fijo.

Enmarcado en el Decreto Ley 1567/74, este seguro ofrece cobertura por muerte exclusivamente, por cualquier causa, durante las 24 horas, los 365 dias del año.

Edad de ingreso/permanencia: Mientras se mantenga la relación laboral con el Empleador.

 

SEGURO DE LEY CONTRATO DE TRABAJO

Cumplí tus obligaciones patronales con nuestro seguro de LCT.

De acuerdo con la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo, los empleadores deben abonar una indemnización a sus empleados (o derecho habientes) ante su fallecimiento o incapacidad total y permanente. Si bien la contratación de un seguro para cubrir este riesgo es optativa, el pago de la indemnización es obligatorio. 

Cobertura: FALLECIMIENTO X CUALQUIER CAUSA SUMA ASEGURADA : MEDIO SUELDO X AÑO TRABAJADO.

INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE: SUMA ASEGURADA: UN SUELDO X AÑO TRABAJADO.

El Tomador (Empleador) del seguro es el beneficiario de la suma asegurada, hasta el límite de la indemnización que deba abonar de acuerdo a la Ley 20.744, y siempre y cuando se destine la suma asegurada recibida al pago de la indemnización.

Deducible del Impuesto a las  Ganancias

Recordá que podés deducir el 100% de los pagos de este seguro de la base imponible del Impuesto a las Ganancias de la Empresa. 

SEGURO DE CONVENIO MERCANTIL Un seguro de acuerdo al Convenio de Empleados Mercantiles 130/75.

El Convenio Colectivo de Empleados Mercantiles (130/75), obliga a contratar un seguro de vida en caso de fallecimiento o incapacidad de los empleados, que es adicional e independiente de las obligaciones de la Ley Contrato de Trabajo.

COBERTURA: FALLECIMIENTO X CUALQUIER CAUSA $ 968.351.-

INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE $ 968.351.-

La suma asegurada es el múltiplo de sueldo de un empleado tipo Administrativo clase A del Convenio Mercantil. La suma indicada corresponde a partir de ENERO 2022.

SEGUROS CORPORATIVOS   Protección y beneficios para los empleados de tu empresa. 

Además de servir como una herramienta para la protección del patrimonio empresarial ante las obligaciones de los empleadores, el seguro de vida colectivo puede ser un instrumento de fidelización de empleados, un beneficio para asociados de una cooperativa o bien una buena oportunidad de protección para un grupo de personas.

 

ART CONTAMOS CON ASEGURADORAS DE RIESGO DE TRABAJO DE PRIMERA LÍNEA

 

Ofrecemos una cobertura integral para los riesgos laborales, brindando seguridad a los trabajadores y tranquilidad a los empleadores.

Nuestra misión es asesorarlos en las medidas de prevención de riesgos del trabajo. 

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